En este artículo queremos recordar la importancia del cumplimiento efectivo del Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación Alimentaria, y alertar sobre las consecuencias que podrían derivarse de su incumplimiento, tanto a nivel administrativo como legal y reputacional.
La adhesión al Código, formalizada mediante inscripción en el Registro habilitado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, conlleva una serie de compromisos éticos y comerciales que deben ser asumidos e implementados de forma real en la operativa empresarial. No basta con el cumplimiento formal de requisitos de inscripción para poder usar el distintivo gráfico asociado, sino que hay que implementar de forma eficaz el Código a la actividad comercial.
Consecuencias del Incumplimiento
- Suspensión o exclusión del Registro.
En caso de detectarse incumplimientos, la Comisión de Seguimiento podrá proponer la suspensión temporal o la exclusión definitiva del Registro, lo que conlleva la prohibición inmediata del uso del logotipo oficial del Código en cualquier soporte comercial o corporativo.
- Sanciones conforme a la Ley 12/2013.
Los incumplimientos pueden constituir infracciones administrativas con sanciones que oscilan entre:
- Leves: hasta 3.000 €.
- Graves: de 3.001 € a 100.000 €.
- Muy graves: de 100.001 € hasta 1.000.000 €.
- Posibles actos de competencia desleal.
El uso del distintivo del Código sin cumplir efectivamente los compromisos puede ser considerado un acto de engaño, conforme al artículo 5.2 de la Ley de Competencia Desleal, especialmente si influye en la decisión económica de terceros (clientes o proveedores), dando lugar a posibles reclamaciones por daños y perjuicios.
- Reintegro de subvenciones y posibles delitos penales.
La obtención de ventajas en subvenciones del Ministerio basada en una adhesión meramente formal y no efectiva puede conllevar el reintegro total de las ayudas, junto con intereses legales incrementados, y en los casos más graves, responsabilidad penal (artículos 308 y 304.4 del Código Penal) con penas que pueden alcanzar hasta 5 años de prisión y multas de hasta el séxtuplo del valor defraudado.
Desde Consultoría Agroalimentaria, instamos a todos los operadores alimentarios a revisar internamente sus procedimientos y asegurarse de que la adhesión al Código sea un reflejo real de sus prácticas comerciales. Solo así se puede preservar la confianza en la cadena alimentaria y contribuir al equilibrio y la transparencia del sector.
Quedamos a su disposición para cualquier consulta o asistencia adicional en materia de cumplimiento normativo o buenas prácticas mercantiles.
